BUENOS AIRES, Argentina, Noviembre 2, 2006 El articulo primero del proyecto pide la institución del 25 de noviembre, como el “Día de la Libertad Religiosa”, en conmemoración de la fecha de proclamación de la “Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones”, de la Organización de las Naciones Unidas (Resolución Asamblea General Nº 36/55).
El segundo apartado enumera las acciones que corresponderán al Ejecutivo:
incluir la fecha en el calendario escolar y difundir los principios de la
libertad religiosa.
Raúl Scialabba, de la Asociación Bautista Argentina y Presidente del Consejo
Argentino para la Libertad Religiosa, afirmó en su exposición que la
presentación del proyecto de ley obliga a insistir sobre la defensa de una
absoluta libertad religiosa para todo hombre de cualquier religión o sin ninguna
religión.
“Ningún hombre, gobierno o institución religiosa, social o económica, tiene el
derecho de dictaminar como una persona debe adorar a Dios, o si debe adorarlo o
no. Por consiguiente, ninguna autoridad civil tiene el derecho de dictar una
ley, decreto o reglamento respecto al establecimiento de una religión o que
afecte su libre ejercicio", enfatizó.
Abogando por una pronta sanción de la Ley, el abogado bautista recalcó que "la
efectividad de la libertad religiosa en la vida individual, del Estado y de las
instituciones, es un índice de progreso y el respeto por el sentimiento
religioso personal lo que indica en una sociedad si existe o no un elevado
concepto de consideración al prójimo. Que la pronta sanción, sea una clara
demostración de que en el ámbito de nuestra ciudad de Buenos Aires estamos
dispuestos a vivirlo a diario".
Formaron parte de la mesa presentadora, Mario Ringler, presidente del Seminario
Rabínico Latinoamericano y Omar Abboud, secretario del Centro Islámico de la
República Argentina.
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